Daños, incendio o robo de un vehículo en el garaje

Conviene diferenciar las dos modalidades de parking más comunes y que en nuestra gestoría de Sevilla sabemos que mayor grado de conflictividad originan. Por un lado te contamos las consecuencias jurídicas en materia de daños, incendio o robo en caso de aparcamiento en un parking público y, por otro en caso de estacionamiento en un garaje privado. Dependiendo de la modalidad de aparcamiento varían las responsabilidades y obligaciones de los usuarios y los titulares de los aparcamientos.

La solución a los conflictos en garajes la tiene tu gestoría de vehículos

La ley define al parking público como aquel en que una persona cede un espacio para el estacionamiento de vehículos. Son aparcamientos públicos aquellos con reserva de plaza de garaje o por un periodo de tiempo variable y no prefijado a cambio de un precio por minuto. Quedan por tanto excluidos los estacionamientos no retribuidos como ocurre en los centros comerciales y los aparcamientos en la vía pública o en las denominadas zonas de estacionamiento regulado.

El empresario del estacionamiento público tiene determinadas responsabilidades por las que tendrá que responder en caso de incumplimiento. Entre ellas se encuentran los deberes de vigilancia y custodia de los vehículos por cuya omisión se hará responsable. Queremos dejar claro que, salvo servicios especiales, el garajista por ley no se hace cargo del robo de objetos no incorporados de forma fija en el coche, por ej.; móvil, GPS, tableta, etc. A su vez el usuario responderá frente a los demás usuarios y al empresario por el incumplimiento de sus deberes o mala conducción.

En los aparcamientos privados donde no existe una transacción comercial, como sucede en los centros comerciales y en las comunidades de vecinos, no existe deber de vigilancia y custodia aunque en muchas ocasiones cuenten con video vigilancia y personal de seguridad que pueda colaborar con agentes o con una gestoría cerca en caso de robo.

Los daños o incendios provocados por deficiencias del garaje sí están cubiertos por el seguro de responsabilidad civil de los propios parkings.

En nuestra gestoría de Sevilla estamos al tanto de la frecuencia de disputas entre las aseguradoras en casos incendios provocados por el propio coche aparcado y, en relación a este supuesto, una sentencia reciente del Tribunal Supremo ha dejado claro que el incendio de un coche aparcado también puede derivarse de un hecho de la circulación y, por tanto, se puede obligar a la compañía aseguradora del vehículo a indemnizar el daño causado.

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