Las nuevas garantías en la compraventa de vehículos

Desde el 1 de enero del año 2022, con la entrada en vigor del Real Decreto Ley 7/2021 —a través del cual se transponen las Directivas de la Unión Europea—, se ha ampliado el plazo de garantía para la compra de coches, tanto nuevos como usados. En realidad, este aumento del plazo de garantía se aplicará a todos los productos nuevos y usados.

En cualquier caso, este plazo de garantía supone un aumento del plazo durante el cual el vendedor tendrá que hacerse cargo de los posibles defectos o vicios de los que adolezca el vehículo que ha vendido.

En los casos de transferencia de coche, lo mejor es contar con un gestoría de vehículos, tal es el caso de Gestoría Pulido Sevilla, ya que sus profesionales se encargarán de todo el proceso y de algunos trámites como el cambio de titularidad.

La nueva garantía en la compraventa de vehículos nuevos

Con esta nueva normativa, los coches nuevos pasan a tener por Ley una garantía mínima de 3 años. Así pues, el plazo de garantía aumenta en un año, ya que anteriormente este plazo tenía una duración de dos años.

No solo se amplía el plazo de garantía de los vehículos, sino también el periodo de la carga de prueba, el cual pasa de tener una duración de 6 meses a una duración de 2 años. ¿Esto qué significa? Durante el plazo de la carga de prueba el comprador no necesitará demostrar que el defecto que tiene el coche comprado es un defecto de fábrica.

Además de esto, la nueva normativa exige a los fabricantes de vehículos a tener piezas de mantenimiento o de reparación durante un plazo de 10 años desde que el coche haya dejado de ser fabricado. Este plazo anteriormente tenía una duración de 5 años.

La nueva garantía en la compraventa de vehículos de segunda mano

En el caso de los coches de segunda mano, el plazo de garantía dependerá de si este ha sido vendido por un concesionario o por un particular. Son los siguientes:

  • Vendedor particular: en este caso, el plazo de garantía se amplía por un año, a no ser que se haya pactado otra cosa en el contrato. En cualquier caso, el plazo de garantía mínima legal es de 6 meses.
  • Concesionario: en este caso, el plazo de garantía tendrá una duración de 2 años, a no ser que las partes acuerden un plazo inferior. En cualquier caso, este plazo no podrá ser inferior a 1 año.

 

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